Prestaciones laborales básicas para tus colaboradores

Última actualización 18 de diciembre 2018A la hora de atraer talento no solo importa el salario que puedas ofrecer. Las prestaciones también juegan un papel clave en el proceso de contratación. La Ley Federal del Trabajo (LFT) estipula que toda persona que realice trabajo subordinado para una persona física o moral mediante el pago de un salario, tiene derecho a prestaciones laborales.En el marco jurídico desconocer las normas, no exenta a nadie de su cumplimiento. Por eso es indispensable informarse sobre las prestaciones laborales básicas que merecen tus colaboradores de acuerdo a las disposiciones oficiales. Recuerda que el Capital Humano es el activo más importante que tiene tu empresa y cuidarlo debe ser tu máxima prioridad.Las siguientes prestaciones son las mínimas que contempla la Ley Federal del Trabajo, aunque podría ser que los Contratos Ley, Contratos Colectivos de Trabajo, Contratos Individuales de Trabajo, Reglamentos, Condiciones Generales de Trabajo y Manuales de Prestaciones, establezcan mayores prestaciones de las aquí mencionadas:

Seguro social

Los trabajadores tienen derecho a ser incorporados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para recibir atención médica sin costo; esta prestación también cubrirá incapacidades por enfermedad o maternidad. Adicionalmente el trabajador queda afiliado al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda y al Sistema de Ahorro para el Retiro.

Vacaciones

Al cumplir un año de trabajo, las personas tienen derecho a seis días de vacaciones con goce de sueldo. Éstos aumentarán dos días por año hasta cubrir doce días, a partir de ese momento, se deberán agregar dos días por cada cinco años laborados.

Si trabajas por temporada, el periodo vacacional se te otorgará en proporción al número de días trabajados en el año.

Prima vacacional

El artículo 80 de la Ley Federal del Trabajo estipula que los trabajadores deben recibir un ingreso extraordinario para el disfrute del periodo vacacional, el cual contempla al menos un 25% sobre el salario correspondiente al periodo de descanso. Cabe señalar que la antigüedad del trabajador no afecta al porcentaje de la prima como tal, pero sí influye en los días de vacaciones que se otorgan al trabajador y con esa base se realiza el cálculo.

Aguinaldo

Todo trabajador que percibe un salario, tiene derecho al aguinaldo anual. Éste contempla -por lo menos- 15 días de salario por año cumplido o bien, la parte proporcional que corresponde en caso de haber laborado menos de un año. Además, deberá ser pagado antes del 20 de diciembre, así lo afirma el artículo 87 de la LFT.

Prima dominical

Se trata del monto adicional que paga el patrón al trabajador por laborar el día domingo, cuando tenga como descanso cualquier otro día de la semana. El patrón está obligado a pagar el 25% sobre el salario ordinario diario (salario base).

Día de descanso semanal

El día de descanso semanal, es un derecho que tiene el trabajador a disfrutar de un día de descanso, por cada seis trabajados. Adicionalmente, son descansos obligatorios los señalados por la STPS (Secretaría del Trabajo y Prevensión Social). Si se trabaja en esos días, la ley establece que se paguen doble.

Licencia de maternidad

Las mujeres trabajadoras tienen derecho aEs un derecho que tienen las mujeres trabajadoras, antes y después del parto, de 12 semanas en su conjunto, para no asistir a sus labores con goce de sueldo y con el objeto de proteger la maternidad y cuidado de la o el infante.

Licencia por adopción

Las mujeres trabajadoras tienen derecho a descansar 6 semanas en caso de adoptar un infante.

Periodo de lactancia

Tiempo (dos descansos extras de 30 minutos) durante el cual las madres trabajadoras pueden alimentar a sus hijos después del nacimiento.

Licencias de paternidad y adopción

Los hombres trabajadores podrán no asistir al trabajo durante cinco días laborables a partir del nacimiento/adopción de su hijo.

Utilidades

Los trabajadores tienen derecho a recibir una parte de las ganancias obtenidas por su patrón el año anterior. Deberán pagarse del 1 de abril al 30 de mayo tratándose de empresas y del 1 de mayo al 29 de junio tratándose de personas físicas.

Prima de antigüedad

Pago adicional de 12 días de salario por cada año de servicio. En el caso de no laboral el año completo, se pagará parte proporcional según el tiempo trabajado. El trabajador debe recibirlo cuando se separe voluntariamente de su empleo, siempre que haya laborado 15 años o más.

Prestaciones derivadas por renuncia

Facultad del trabajador para dar por terminada voluntariamente la relación de trabajo, por convenir así a sus intereses. Se otorgan las siguientes prestaciones:

  • Salarios correspondientes a los días laborados y no pagados.

  • Aguinaldo.

  • Vacaciones.

  • Prima vacacional.

  • Participación de utilidades adeudadas.

  • Prima de antigüedad, siempre que haya laborado 15 años o más.

Despido injustificado

Es la terminación específica de la relación de trabajo por parte del patrón, sin causa justificada, por lo que tienes derecho a:

  • Indemnización constitucional, consistente en el pago de tres meses de salario integrado y el pago de sus correspondientes prestaciones o reinstalación, consistente a la reincorporación a sus labores en las mismas condiciones en que prestaba sus servicios hasta antes del despido y el pago de las prestaciones correspondientes.

 Estas son las prestaciones laborales básicas que se deben tomar en cuenta al momento de contratar personal; existen muchas otras prestaciones que pueden hacer más atractiva tu oferta de trabajo ante los trabajadores. Podrías implementar esquemas de trabajo flexible, aumentar periodos vacacionales, servicio de transportación, alimentación, vales de despensa, entre otras. ¿La administración de tu Capital Humano está en orden? Es imperativo que las empresas lleven a cabo sus procesos administrativos conforme a las disposiciones fiscales y laborales vigentes. Apóyate en IntegraPlus, nosotros te ayudamos a cumplir con tus obligaciones en tiempo y forma gracias a nuestro Sistema de Administración de Capital Humano (ARNOM), el cual facilita los cálculos correspondientes y emite de forma adecuada los recibos de nómina electrónicos. Conoce más AQUÍ.

Fuente:

Conoce algunas de las prestaciones laborales a las que tienes derecho